lunes, 24 de noviembre de 2008

JUSTICIA COMUNITARIA

El día 23 de Noviembre de Provincia Ingavi, Municipio Puerto de Guaqui, de la zona "B" los seis comunidades, con los autoridades Central Agraria Contonal y Sub Centrales más los Mallkus Originarias y bases asistieron.
A presenciar la justicia comunitaria, que dos comunarios de nombres sra. Agustina Katari y sr. Waldo Quispe entre familiares llegarón a ofenderse con palabras injurias y posterirmente se maltraron fisícamente con hechos policontusos, se instalaron consejo de amuatas, para escuchar sus declaraciones a cada uno de ellos, con la culpabilidad mayor grave recayó al señor Waldo Quispe, y la señora Agustina Katari con culpabilidad live.
conclusiones: el Waldo con culpa mayor pide perdón de rrodillas a la doña Agustina y asume la responsabilidad de hacer curar hasta que estiegue bién y asumir los gastos y perjucios, ademas ayudar a la señora con trabajos como ser segada de cebada o pastos que nesecitan sus ganados. y la sra acepta con garantia de los mallkus.
Sanción: los comunarios y los amautas sancionarón con trabajos forzosos y gratuito al Sede Social que está en plena obra de construcción con trenta días hábiles de asistencia.
en caso de rencider en los posteriores será con multa de un toro iquevalente de bolivianos BS. 3.000 sevirá para iquepar el sede social.
En la justicia comunitaria, sí educa se orienta y se da recomiendaciones. en la justicia comunitaria no se aplica pena de muerte. nuestros costumbres ansestrales se complin con la cosmivisión andina. también nos faculta la CPE. Art. 170. inciso III. Aplicar soluciones alternativas, que no sean contrarias a las normas establecidas.

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